Se completa la Reforma Constitucional en Competencia Económica, ¿Qué implica para las empresas?

 Como resultado de la Reforma Constitucional aprobada a finales del año anterior, denominada “reforma de simplificación administrativa” se aprobó en esta semana por ambas Cámaras del Poder Legislativo una modificación de diversas leyes, entre ellas la Ley Federal de Competencia Económica (LFCE) y la Ley Federal de Entidades Paraestatales. Estos cambios, de acuerdo con el gobierno de México, buscaron reducir el aparato burocrático del Estado para hacerlo más eficiente y más austero.

A continuación, se presentan los aspectos más relevantes de esta reforma:

Creación de la Comisión Nacional Antimonopolio (CNA)

Antes de la reforma, la Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE) y el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) eran las autoridades encargadas de aplicar la política de competencia en México. La COFECE tenía competencia en todos los mercados, excepto telecomunicaciones y radiodifusión, atribuidos exclusivamente al IFT.

Ambas autoridades fueron creadas como órganos constitucionales autónomos (OCA), con un órgano de gobierno conformado por siete comisionados quienes decidían los asuntos de manera colegiada, y quienes obtenían dichos cargos tras un proceso de selección que era iniciado por un Comité de Evaluación, luego el o la titular del ejecutivo federal proponía una turna para que finalmente el Senado eligiera a un comisionado/a. Este diseño institucional tenía el objetivo de garantizar que personas con experiencia técnica decidieran de manera independiente y no politizada los asuntos respectivos.

No obstante, la reforma aprobada en 2024 extinguió ambos órganos autónomos y crea en su lugar la Comisión Nacional Antimonopolio (CNA), que ya no tendrá el carácter de OCA, sino de organismo descentralizado sectorizado a la Secretaría de Economía. Esta nueva autoridad será responsable por garantizar la competencia y libre concurrencia en todos los mercados en el país.

El o la titular del Poder Ejecutivo Federal será ahora quien designe directamente a la persona que presida la CNA, así como el resto de comisionados, eliminado así la existencia del Comité de Evaluación. Aunque en la ley se establezca que la CNA tendrá autonomía de gestión e independencia técnica y operativa, su vinculación con el Ejecutivo puede plantear dudas sobre su verdadera autonomía.

La CNA estará integrada por un Pleno conformado por cinco comisionados. Durarán en el cargo siete años y serán designados de manera escalonada por el Ejecutivo Federal, con ratificación del Senado.

Nuevas facultades de la autoridad

La reforma amplía las atribuciones de la nueva autoridad. Entre las más destacadas se encuentran:

  • Facultades de investigación ampliadas: La Autoridad Investigadora, que mantiene su independencia respecto de la autoridad de competencia, podrá ahora recabar más información en las investigaciones, como lo es realizar encuestas y recolectar datos mediante “cualquier herramienta”.
  • Telecomunicaciones: En este sector, la CNA deberá coordinarse con la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones, pero contará con atribuciones para:
    • Imponer límites a la concentración de frecuencias y propiedad cruzada de medios.
    • Determinar agentes económicos preponderantes
    • Declarar la inexistencia de condiciones de competencia efectiva.

Cambios en la Ley Federal de Competencia Económica (LFCE)

Aunque la LFCE seguirá vigente, se introducen cambios relevantes, principalmente en los siguientes rubros:

Prácticas monopólicas absolutas

  • Estas prácticas podrán configurarse entre competidores actuales y potenciales.
  • El intercambio de información entre competidores podrá considerarse colusión si se materializa una práctica monopólica absoluta.
  • La multa máxima por estas prácticas se incrementa del 10% al 20% de los ingresos anuales del agente económico.
  • Se establece la inhabilitación de 6 meses a 5 años para participar en contrataciones públicas a quienes se coludan en licitaciones.
  • Se restringen los beneficios del programa de inmunidad: solo habrá multa mínima si se solicita antes de iniciarse la investigación. Si se solicita una vez iniciada, la reducción será del 50%.

Prácticas monopólicas relativas

  • Se considerarán ilegales aquellas conductas que tengan por objeto o efecto limitar la capacidad competitiva de otras empresas.
  • Se introduce la figura de poder sustancial conjunto en la propia ley (antes solo en disposiciones secundarias).
  • La multa máxima se eleva del 8% al 15% de los ingresos anuales de las empresas infractoras de estas conductas.
  • El beneficio de reducción de multa podrá aplicarse durante la etapa inicial de investigación, permitiendo cerrar el expediente sin imputación. O bien, durante el procedimiento seguido en forma de juicio, reconociendo responsabilidad, con una reducción de hasta el 50%.

Cambios en el régimen de concentraciones

Aunque se conserva el régimen actual, se reducen los umbrales para la notificación obligatoria:

  • Cuando la transacción represente más de 16,000,000 veces la Unidad de Medida y de Actualización (UMA) (alrededor de $1,800 millones de pesos).
  • Cuando implique la adquisición de 35% o más del capital social de empresas con activos o ventas superiores al mismo umbral referido anteriormente.
  • Cuando se acumulen activos o capital social equivalentes a 7,400,000 UMAs (unos $837 millones de pesos) y participen empresas con activos o ventas conjuntas de al menos 40,000,000 UMAs (unos $4,525 millones de pesos).

Asimismo, se reduce el plazo para resolver operaciones de concentración: de 60 a 30 días hábiles tras completar el expediente. Y también se amplía de 1 a 3 años el plazo para investigar concentraciones no notificables.

Sanciones y medidas de apremio

La reforma también contempla sanciones más severas y nuevas medidas:

  • Las multas diarias por incumplimiento aumentan de 3,000 a 8,000 UMAs (aproximadamente $905,000 pesos por día).
  •  Nuevas multas aplican en casos como:
    • No acudir a comparecencias o evadir preguntas.
    • Obstruir visitas de verificación.
    • Incumplir con sanciones de inhabilitación.

Programas de cumplimiento

Se introduce la posibilidad de que las empresas obtengan una certificación de programas de cumplimiento en materia de competencia, con vigencia de tres años. Esta certificación podría ser considerada como atenuante de responsabilidad en caso de infracciones.

Privilegio Abogado-Cliente

La reforma aclara que solo las comunicaciones con abogados externos estarán protegidas por el privilegio abogado-cliente. Las comunicaciones con abogados internos, con relación laboral con la empresa, podrán ser utilizadas en investigaciones.

Conclusiones

La reforma en materia de competencia económica representa nuevos desafíos para las empresas en México.

Aunque la legislación mantiene referencias a la autonomía técnica, la concentración de facultades en una autoridad sectorizada podría derivar en una mayor politización de la política de competencia, lo que podría influir en decisiones clave como la autorización de operaciones o el inicio de investigaciones.

Además, el fortalecimiento de las facultades investigadoras y sancionadoras, junto con los nuevos requisitos y umbrales, hace indispensable que las empresas refuercen sus políticas internas de cumplimiento en competencia económica.

Más que nunca, contar con un enfoque preventivo puede marcar la diferencia para evitar riesgos legales y sanciones

Si tu empresa tiene dudas sobre cómo cumplir y prepararse para la entrada en vigor de la reforma, acércate con nosotros y agenda una cita

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Joaquin Gonzalez Carrillo - LEAD

Fundador y socio director de Legal and Economic Advisors

Es abogado por la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla y economista por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM); también posee una Maestría en Derecho (LL.M.) por la Universidad de Erasmus de Rotterdam (Países Bajos) y un Diplomado en Competencia Económica en el Instituto Tecnológico Autónomo de México (ITAM).
Tiene amplia experiencia profesional en la materia de Competencia Económica: trabajó por más de 4 años en la Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE), en la Autoridad Investigadora en donde colaboró en diversas investigaciones por prácticas monopólicas, participando activamente en las estrategias de investigación, análisis de información recabada, planeación de diligencias, así como en la defensa de dichas investigaciones y de los actos de autoridad de la COFECE. Además, cuenta con amplia experiencia asesorando empresas desde la práctica privada.

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